lunes, 20 de junio de 2011

¿Harto de que los aparatos se te estropeen en pocos meses (o menos)?





La obsolescencia programada rige el comercio. Esto quiere decir que diseñan las cosas (impresoras, TDTs, electrodomésticos, bombillas...) para que en no demasiado tiempo se rompan y compres otro.

¿Harto de que todo lo electrónico que compras se te estropee en nada de tiempo? Pues me parece que si se te estropea antes de 6 meses te lo tienen que sustituir o reparar. 

Os dejo información legal (normativa para España) aunque tendríais que contrastarla porque puede haber algún error ya que la legislación va cambiando, aunque esto lo he estudiado yo en la universidad:

Cualquier bien de consumo tiene un plazo de garantía mínimo de 2 años aunque el contrato establezca menor tiempo. Si el defecto se manifiesta en los primeros 6 meses se presume a favor del comprador, es decir, ante la ley el bien habrá sido defectuoso desde un principio y se podrá reclamar.

Si te dicen “según la Ley 2003, ésta está derogada", es mentira, ahora han de atenerse al Texto Refundido de la Ley general para la defensa de consumidores y usuarios de 2007.

El vendedor nos tiene que ayudar a tramitar el arreglo, la garantía, pero si se paga un precio barato normalmente te dicen ve a tal sitio y búscate la vida.

Se consideran aquí bienes de consumo los bienes muebles corporales (no son muebles sino objetos físicos) destinados al consumo privado.

El art. 114 del TRLGDCU establece que el vendedor está obligado a entregar al consumidor y usuario productos que sean conformes con el contrato respondiendo frente a él de cualquier falta de conformidad.

Y el art. 116 establece cuándo se entiende que un producto es conforme con el contrato estableciendo que debe poseer las cualidades indicadas por el vendedor, debe tener la calidad que sea legítimo esperar, sea apto para el uso que corresponda con su naturaleza, etc. 

En primer lugar el comprador podrá exigir la reparación o la sustitución y sólo en el caso de que alguna de esas opciones no fuera posible o resultara desproporcionada entonces podría pedir una rebaja del precio o la resolución del contrato.

Nosotros consumidores tenemos la opción de elegir entre reparación o sustitución por ley. Hay una prescripción de 3 años después de la garantía si he ejercido mi derecho durante los 2 años de garantía se interrumpe el plazo y comienzan 3 años (esto no lo tengo seguro 100%).


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